La retención es el IRPF que tu empresa descuenta de cada nómina y paga a Hacienda en tu nombre. No es un impuesto aparte: es un adelanto del IRPF del año.
Cómo se calcula
La empresa estima tu sueldo anual, aplica las mismas reglas que la renta (Seguridad Social, reducciones, mínimo personal, escala) y obtiene el IRPF previsto. El porcentaje de retención es ese IRPF dividido entre tu bruto.
Con 30.000 € brutos en Cataluña, el IRPF del año es de unos 4.959 €. Repartido en tu nómina, es lo que verás retenido.
Por qué cambia durante el año
- Cambia tu sueldo: una subida, un bonus o horas extra.
- Cambia tu situación: un hijo, una mudanza a otra comunidad o un cambio de contrato.
- Comunicas datos nuevos a la empresa con el modelo 145.
Cuando eso pasa, la empresa recalcula el porcentaje para el resto del año.
Si te retienen de más o de menos
En la renta se compara lo retenido con el IRPF real. Si te retuvieron de más, Hacienda te devuelve; si de menos, te sale a pagar.
Puedes pedir a tu empresa una retención mayor que la calculada, por ejemplo si tienes otros ingresos. No puedes pedir una menor.
La retención mínima en contratos cortos
En contratos de menos de un año hay una retención mínima del 2 %. Lo vemos en contrato temporal o indefinido.
La calculadora muestra la retención aproximada y cuánto se retiene al mes.